jueves, 4 de marzo de 2010

¿Qué ocurre si no hay testamento?


El primer problema que se plantea si alguien muere sin haber hecho testamento es qué sucede con su herencia. A diferencia de lo que alguna gente cree, ni se pierde la herencia, ni se la queda completamente el Estado. Lo que pasa es que en este caso, como el fallecido no ha establecido quiénes son sus herederos, será la ley la que los nombre, siguiendo un orden de parentesco.




1. En caso de que el fallecido tuviese hijos su herencia se divide entre todos sus hijos por partes iguales, pero si uno de esos hijos falleció antes que el padre tendremos que diferenciar:
1.1. Si el hijo muerto tenía hijos, estos heredarán por partes iguales lo que le correspondía al padre.
1.2. Si no tenía hijos, la herencia se divide sólo entre los hijos que viven a la muerte del padre. Si el fallecido estaba casado: a su cónyuge le corresponde sólo el usufructo de un tercio de la herencia, además, como es natural, de mitad de los bienes que sean gananciales, porque esos bienes son por partes iguales del marido y de la mujer, ya en vida de los dos.

2. Si no tiene hijos, el orden es el siguiente:
2.1. A sus padres, por partes iguales si viven los dos, o si sólo vive uno, todo a él. Si no hay padres pero sí abuelos o ascendientes más lejanos, a éstos. En este caso al viudo le corresponde el usufructo de la mitad de la herencia
2.2. Si no viven sus padres ni tiene ascendientes de ningún tipo, el viudo o viuda será el único heredero.
2.3. Si ni viven sus padres ni tiene cónyuge al momento de su muerte: a sus hermanos e hijos de sus hermanos, y a falta de éstos a sus tíos, y si no tiene hermanos ni tíos, a sus primos carnales. Sólo si no tiene ninguno de los parientes antes citados, en definitiva, si muere sin testamento y sin parientes, hereda al Estado.